lunes, 30 de octubre de 2017

EL FIEL DEL BARRIO



La cobranza de impuestos siempre fue de interés para la corona y los consistorios, pues de ellos vivían ambos. Y las formas de cobro dependían de las normas establecidas en cada momento. Así, el abono de los mismos desde antiguo tenía sus propias características, en función de si estos era pagados en puerto o en las villas. Por ejemplo, en abril de 1494 se dictó una exención Real para los navíos que recalaran en puerto: ”...Para que las embarcaciones de este Señorío, que por temporal o acosados de enemigos, y en otra manera, entraren en los puertos de estos reinos no pagaren derechos aunque en ellos echen ancoras; salvo si descargasen...” En 1884, en algunos puntos de la provincia, las casetas para el cobro de arbitrios, algunas fabricadas de madera y ladrillo, fueron utilizadas para la fumigación de los pasajeros y mercancías, que tuvieran sospecha de poder estar infectadas de cólera.

El responsable del cobro de arbitrios era el “Ministro Alguacil”, que así era denominado, el cual se colocaba de platón para recabar impuestos y demandar a los morosos los pagos de los atrasados. También eran los responsables del control de las mercancías que llegaban al Pueblo. Aunque el responsable de la cobranza de impuestos era el “Sisero” o recaudador. Del “Alguacil” se decía, que en los actos protocolarios debía ir: “...con su vara en alto acompañando a los Regidores...”

Ya desde 1812 las deudas acosaban a los pueblos, muchas de ellas debidas a los actos de guerra de la época. En las “Juntas Generales de Bizkaia” de octubre de aquel año ser acordaba: “...que los respectivos Alcaldes y Fieles queden completamente autorizados para exigir de los deudores las contribuciones que les cupiere por los medios que dicta la justicia...” Aquellas recaudaciones recaían también sobre los inquilinos, muchos eran los que tenían esta condición, ya que los dueños de heredades y caseríos no eran los moradores. En esa misma Junta se acordaba: “...se paguen las dos tercias partes por la propiedad , y la otra tercia por los inquilinos...”

En el barrio alto (Andra Mari) la cobranza de impuestos era de máxima importancia, ya desde 1829 la situación de las arcas municipales era tal, que a decir de los “Libros de Decretos”: “...el estado de indigencia en que se halla esta comunidad por las exacciones que ha sufrido durante el desorden en las últimas turbulencias políticas, y la confusión en la que se hallan las cuentas y administración, por varias causas, hacen necesario tomar medidas para solucionarlas...” Las exacciones fueron debidas a la actividad de las partidas armadas, vía suministros, por ello comisionaron a D. Juan Antonio de Ibatao, D. Andrés de Arteaga, D. Juan María de Elorri y D. José de Iturriaga vecinos de Getxo, para revisar las cuentas de los dos últimos años y dar solución a las mismas. Dicha actividad armada exigía del Pueblo la aportación de: “...un cupo de siete mozos solteros con sus trabucos...”

Pero no eran solamente las actividades armadas las que provocaban la indigencia, los arreglos de iglesias para mantener su ornato, era otra de esas “exacciones”: “…Conforme a lo dispuesto por el Real y Supremo Consejo, para la reposición de las iglesias y su ornato…, se realicen las reparaciones de la iglesia matriz...”, se referían a la de Andra Mari. Para apremiar a los morosos decidieron nombrar un “Ministro Alguacil”, para tal cargo fueron designadas dos personas D. José Antonio de Larrazabal y D. Francisco Antonio de Basañez.

Uno de los primeros informes del oficio de fielato de Getxo es de 1834, se trata del remitido a la Diputación Carlista, dando cuenta de la certificación hecha por el secretario municipal, de la publicidad que se dio en el pleno del Ayuntamiento de las reales ordenes de Carlos V, dadas en Elizondo en julio de ese año. Las mismas eran relativas al indulto dirigido a los soldados que se sometieran a sus órdenes.

Algunos pagos se realizaban mediante fanegas de trigo, algunas de las cuales se almacenaban en Mungia. Otra de las formas de pago era mediante el censo de bueyes, aunque no siempre estos pagos eran obedecidos. En 1836 los cobradores de contribuciones D. Juan Antonio de Goñia y D. Francisco Antonio de Libano, se opusieron a la demanda que el juzgado del Alcalde de Fuero de Mungia les exigía. En enero de 1839 dos miqueletes se encargaron de apremiar a nuestro Pueblo por la falta de pago de trigo en el almacén de Durango. Ante los impagos de impuestos, en junio de 1839, se ordeño que fueran embargados frutos y rentas a los deudores.

En 1837, D. Juan Bautista de Urrechaga era quien solicitaba la asignación de un salario regular para el desempeño de la plaza de ministro alguacil, puesto para el que había sido propuesto por los fieles regidores de Getxo.

Las demandas de pago a veces eran desorbitadas, tal y como ocurrió en septiembre de 1839, en que la demanda de pago al almacén de Munguia, ascendio a seis mil reales de carne en vivo. Mientras, nuestro Ayuntamiento contestaba: “...que debido a las exacciones de las tropas de la regente, este pueblo no puede dar cumplimiento a tal pedido, ya que dichas demandas han puesto a numerosos vecinos al borde de la indigencia...” Algunas peticiones, como la de la entrega de mil quinientos pares de zapatos para la tropa, resultaban imposibles de cumplir.

En 1851 el responsable de la recolección de la cosecha anual de trigo y maíz en Getxo, fue el Ministro Alguacil D. Juan Antonio de Dobaran.


La salud era otro de los asuntos que preocupaba a nuestros vecinos. Desde tiempos inmemoriales, según relataban en los libros de actas de 1839, los barrios de Andra Mari y Algorta, habían tenido un servicio de cirujano. Sin embargo, desde 1822 tras la segregación de este último, el de Getxo se había quedado sin la atención de ese servicio. Hasta entonces los servicios los prestaban los cirujanos Sres. Casas, Mazagoitia y Gardeazabal. Ahora el barrio bajo (Algorta) era atendido por el cirujano D. José Estébanez, cirujano de Begango, y Andra Mari no contaba con facultativo. Como solución, pues el tema parece que se debía a asuntos crematísticos, optaron por que los labradores de Getxo pagaran al sangrador: “...cuatro azumbres de grano de ambas especies (trigo y maíz), por mitad en medidas de catorce fanegas…, y los de Algorta dieciséis reales por año...” Para dar servicio a ambos barrios se acordó: “...que desde Sarri hasta la casa llamada Aramberri en Algorta, se fijara un punto intermedio como lugar de consulta….”

El “Ministro Alguacil” o “Fielato”, como más tarde se le conocería, era el empleado de la autoridad municipal, encargado de hacer cumplir las ordenanzas dictadas por ella. Llevaba uniforme. La vara era el signo de su autoridad.


La palabra “Fielato”, cuyo origen parece estar formado por “Fil” (fiel de balanza) más el sufijo “ato” (empleo, trabajo o dignidad), es una expresión que se refería a una dependencia, que existía en las entradas de las poblaciones, que era donde se cobraban los derechos de consumo. Figura, que los barrios de Getxo (Andra Mari) y Algorta, compartieron desde principios del Siglo XIX, y que más tarde, en 1885 pasaría a tener Areeta-Las Arenas al consolidarse dicho barrio. 

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